Mb Sistemas Informaticos: no confundir estafadores y espiritistas


Nos hemos mudado a:

www.mbsistemasinformaticos.es


viernes, 5 de noviembre de 2010

no confundir estafadores y espiritistas

- ¿cual es la diferencia entre estafador y espiritista?
- que el segundo tiene dinero para abogados

Suena a chiste, pero no se lo pareció así al profesor Fernando Cuartero Gomez, catedrático de Lenguajes y Sistemas Informáticos y subdirector académico del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM).

los organizadores de un seminario espiritista llamado "Vida despues de la vida" celebrado en esa institución académica, en Albacete, el 31 de octubre y 1 de noviembre del año pasado, recibieron una carta de este profesor que entre otras cosas decia lo siguiente
"Este tipo de vulgares estafadores, por el módico pago de unas tasas, obtienen, mediante una mala práctica, un pretendido amparo académico que es completamente falso. Y, en cualquier caso, si han hecho un uso indebido de nuestra imagen, me parece que es otro motivo para cancelar el acto, acreditada su mala fe, o al menos exigirles de manera inmediata que cesen en ese uso. Me permito hacerte notar que, el mero hecho de que el que la universidad ceda sus instalaciones, y que además aparezca como colaborador del evento, va a transmitir la impresión de que de algún modo la UCLM da credibilidad a este tipo de actividades, con todo lo que ello supondría para la imagen de la universidad, y sea o no cierto que se otorga ningún tipo de aval"
La juez Otilia Martinez Palacios del juzgado de instruccion Nº1 de Albacete, que ha trabajado en este caso sentencia [pdf] lo siguiente:
"que dichas expresiones son innecesarias para la crítica del seminario, excediendo de ese animus criticandi. De la misma manera que no eran necesarias para poner de relieve que la parapsicología no es una ciencia"
También vino a decir que al usar estafador, el catedrático...
"...se está excediendo de la crítica al evento para pasar a menoscabar la fama y el honor de quien organizase el mismo". 
y ha condenado al catedrático a pagar una multa de 204 euros mas los costes del proceso. Dicho fallo se puede recurrir en la audiencia provincial.

ENLACE RELACIONADO:

FUENTES:

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.